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En la sección de la conferencia mañanera denominada “Jueces que favorecen a presuntos delincuentes”, fueron exhibidos los magistrados que concedieron la prisión domiciliaria al exprocurador Jesús Murillo Karam, quien enfrenta un proceso penal por delitos como obstrucción de la administración de la justicia en el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

El subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Luis Rodríguez Bucio, señaló a los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, integrado por Juan José Olvera López, Horacio Armando Hernández Orozco y Francisco Javier Sarabia Ascencio.

El funcionario subrayó que la medida ordenada por los magistrados también instruyó implementar un operativo de vigilancia permanente en el domicilio de Karam, por lo que la Guardia Nacional dispuso de 10 elementos para ello.

“Por mayoría de votos, ya que Sarabia Ascencio votó en contra, concedió una suspensión definitiva al exprocurador Jesús N, para el efecto de que el juez de control del reclusorio sur, en un término de 24 horas, celebrada una audiencia en la que le conceda la prisión domiciliaria y se fijen las medidas de control que aseguren su cumplimiento.

“Ello debido a que el Colegiado consideró que no existe riesgo de fuga del procesado, sin embargo, instruyó que la Guardia Nacional le proporcione seguridad periférica al domicilio. La Guardia le ha proporcionado actualmente 10 elementos”, añadió.

También fue exhibido el intento de liberación de Fernando Emanuel “N”, alias “El Panther”, considerado como el segundo a bordo del Cártel Santa Rosa de Lima.

Rodríguez Bucio expuso que el juez del Tribunal de Juzgado Único de Oralidad en Materia Penal de la Tercera Región con sede en Celaya Guanajuato, José Jorge Quiroz Quintero emitió un fallo absolutorio en favor de Fernando Emanuel, quien había sido procesado por el delito de homicidio en grado de tentativa cometido en agravio de tres agentes de la Fiscalía en el estado de Guanajuato y daños dolosos en agravio de la misma institución.

La medida fue dictada en una audiencia celebrada el 10 de abril de 2024.

“Por lo anterior ordenó de manera inmediata su libertad, por esta causa penal. De acuerdo con el juez Quiroz Quintero, los elementos probatorios ofrecidos no fueron suficientes para acreditar la participación en los hechos que se mencionan. Sin embargo, él permanente recluido en el Cereso 18 de Coahuila ya que cumple una condena por otro proceso penal”, detalló.

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