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La violencia vicaria es aquella fuerza transgresora que utiliza el hombre en contra de la mujer usando como medio a los hijos, con actos tan crueles como privarlos de la vida, porque así se asegura que el sufrimiento de esta no terminará nunca.

Es una relación asimétrica de poder que busca un control en contra de la mujer, utilizando como medio comisivo desde el punto de vista penal a los hijos, manipulándolos para que rechacen a la madre, incluso a través de la violencia directa.

El término “vicaria” fue acuñado por una psicóloga española, pero jurídicamente se conoce como “violencia a través de interpósita persona”, ya que se comete a través de terceras personas, principalmente las infancias.

Hecho histórico

Recientemente, en un hecho histórico para las mujeres, el Congreso del Estado aprobó reformar la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia para las mujeres del Código Civil para el Estado de Chiapas y el Código Penal para el Estado, en materia de violencia a través de interpósita persona.

Un buen número de casos de violencia vicaria se tienen documentados en Chiapas, cuyas víctimas cumplieron hasta 13 años sin poder ver a sus hijos; este tipo de violencia es la más dolorosa según las madres.

La diputada Elizabeth Escobedo Morales comentó que esta violencia se dirige en contra de las y los hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio, concubinato o relación de hecho con la persona agresora.

Desde el Congreso local seguirán legislando para fortalecer los mecanismos para garantizar la protección de los derechos humanos de las mujeres para vivir una vida libre de violencia.

La legisladora Floralma Gómez Santiz indicó que es lamentable que existan personas que usen a las infancias para cometer este tipo de violencia, por eso es importante velar también por sus derechos.

Se debe valorar este tema también con perspectiva de infancia, para que además de proteger a las mujeres con este nuevo mecanismo jurídico, se procure el sano desarrollo integral y el interés superior de los infantes.

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